jueves, 29 de septiembre de 2011

Derecho Informático.



Fundamentacion del Derecho Informático


Se ha considerado que ésta nueva faceta del derecho no debe ser considerada tanto como una rama subyacente de la ciencia del derecho, si no como un proceso de transformación de la misma, ya que la aparición de la informática ha provocado la diversificación de los procesos jurídicos, tales como juicios, pruebas, medios de delinquir, etc.
 Uno de los puntos en que el derecho se ha visto vulnerado a causa de la informática, como ya he mencionado, es en las dos ramas clásicas del derecho, como lo son el derecho civil y penal, aunque como mencioné líneas arriba, se sugiere también que el derecho informático sea considerado como una rama independiente del derecho.El Derecho Informático surge como una rama del Derecho que permite otorgar las soluciones jurídicas adecuadas a los problemas originados por el uso de las tecnologías, en las diversas actividades del ser humano. En la actualidad cumple un rol muy importante en la prevención de problemas y en la solución de los mismos, generados por el uso de medios electrónicos. También facilita la incorporación de nuevas instituciones jurídicas que permitan crear confianza a quienes son usuarios de los medios electrónicos.


En El Salvador en el año 2004 se reconoció, por primera vez y mediante Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, como derecho fundamental de todos los salvadoreños la protección de datos o autodeterminación informativa, derivado de un proceso de amparo Constitucional que el abogado Boris Rubén Solórzano interpuso contra una empresa dedicada a la recopilación y comercialización de información crediticia, DICOM. Por ahora, la figura del hábeas data sólo puede ser analizada por la misma Corte Suprema de Justicia, al no existir una ley especial que regule la protección de datos en El Salvador.


Habeas Data :

El Derecho informático abarca una gran variedad de tipos y situaciones de carácter jurídico-legal, entre estas se encuentran los denominados ¨Delitos Informáticos¨.


Se conoce como habeas data a la acción legal que tiene un sujeto para acceder a un registro o banco de datos que incluye información sobre su

-CODIGO PENAL. a pesar de no existir delitos informáticos propiamente dichos, si se puede ver implicado el uso de la tecnología en algunos delitos, por ejemplo:
· PORNOGRAFIA. Art. 172. UTILIZACIÓN DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO   AÑOS E INCAPACES O   DEFICIENTES MENTALES EN PORNOGRAFIA.  Art. 173.-
persona
. El individuo tiene derecho a exigir la corrección de los datos en caso que estos le generen algún tipo de perjuicio o que sean erróneos.

El delito informático, o crimen electrónico, es el término genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.


Legislación nacional aplicable:

- LEY DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR.
·  POSESION DE PORNOGRAFIA.  Art. 173-A.- 
·  DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA INTIMIDAD
·  VIOLACIÓN DE COMUNICACIONES PRIVADAS.  Art. 184.- 
·  CAPTACION DE COMUNICACIONES.  Art. 186.-

SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN.
Patentes de Invención
Derecho de Autor
Sistema Propio o "Sui Generis".

CONTRATOS INFORMATICOS
Los contratos informáticos surgen ligados a la inminente comercialización de las computadoras. En la medida en que se produce el auge comercial de esta nueva tecnología, se sucede la proliferación de contratos en materia informática.
La definición de contratación informática: la contratación de bienes o servicios informáticos. Entendemos por contratación informática, aquella cuyo objeto sea un bien  o un servicio informático, o ambos, o que una de las prestaciones  de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informático.


Valor probatorio.
El creciente aumento en el volumen y complejidad de las actividades a realizar ha provocado que manifestaciones tales como la elaboración de documentos escritos se vean total o parcialmente modificadas en función de razones de orden práctico, por otro tipo de soportes derivados de la evolución misma de la tecnología, mejor adaptadas a las estrategias de gestión moderna; de este modo, tenemos a la informática, la microfilmación, archivos magnéticos, medios electrónicos, el uso de la firma electrónica, documentos electrónicos, etc. Por lo cual se ha hecho necesario para las diferentes legislaciones darle valor probatorio a los soportes informáticos que cada vez son más numerosos y avanzados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario